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Elección de Representantes de los Afiliados Activos, Pasivos y Empresas ante el Banco de Previsión Social – 28/11/2021

Afiliados Pasivos y Activos
El voto será secreto, obligatorio y único. Se exceptúa de la obligatoriedad a los afiliados con setenta y cinco años de edad cumplidos a la fecha de la elección y a los que, cualquiera fuere su edad, fueren titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el Banco de Previsión Social.

Empresas Contribuyentes
En el caso de las empresas unipersonales, se exceptúa de la obligatoriedad a los titulares con setenta y cinco años de edad cumplidos al día de la elección y a los que, cualquiera fuere su edad, fueren titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el Banco de Previsión Social

QUE SE VOTA:

  • Pasivos: Se elige un representante para integrar el Directorio del Banco de Previsión Social en representación de los afiliados Jubilados y Pensionistas.
  • Activos: Se elige un representante para integrar el Directorio del Banco de Previsión Social en representación de los afiliados Activos.
  • Empresas Contribuyentes: Se elige un representante para integrar el Directorio del Banco de Previsión Social en representación de las Empresas Contribuyentes.

Quienes Votan

  • Pasivos: personas mayores de dieciocho años de edad al 28 de febrero de 2021 que hubieran sido declaradas jubiladas; los pensionistas por sobrevivencia y los pensionistas a la vejez o por invalidez. Quien reúna la calidad de jubilado y pensionista o perciba más de una jubilación o pensión, sólo tendrá derecho a un voto. Cada uno de los copartícipes de una pensión, siempre que reúna los requisitos establecidos en el artículo 1°, tendrá derecho a un voto.
  • Activos: Los trabajadores dependientes públicos y privados, así como los trabajadores a domicilio o talleristas que se hayan registrado como tales en el Banco de Previsión Social al 28 de febrero de 2021, siempre que tengan 18 años de edad cumplidos a la indicada fecha y no hayan sido declarados incapaces. El trabajador que se haya acogido a algún subsidio por inactividad compensada mantendrá la condición de afiliado activo, salvo que se hubiere producido la ruptura de la relación de trabajo. También mantendrá esa condición la persona que se encuentre gozando los beneficios de la prejubilación o anticipos de pasividades hasta que sea declarada pasiva.El voto es único. El trabajador que tenga pluralidad de afiliaciones al Banco de Previsión Social, tendrá derecho a un voto.
  • Empresas: empresas no estatales contribuyentes, inscriptas como tales en el Banco de Previsión Social, que estén al día al 28 de febrero de 2021 en el pago de sus obligaciones y en el de las facilidades concedidas, cuyos electores tengan dieciocho años de edad cumplidos a la indicada fecha. El voto es único. Todas las empresas contribuyentes, cualquiera sea su naturaleza o forma de constitución, tendrán, al igual que las unipersonales, un solo voto y un solo representante por elector. El voto será secreto y obligatorio. Las personas jurídicas y empresas pluripersonales deberán hacerse representar por un apoderado con facultades expresas para el acto del voto. El poder correspondiente deberá estar suscrito por las personas estatutaria o contractualmente habilitadas para actuar o, en su defecto, por la totalidad de los componentes de la empresa. El poder extendido tendrá validez para todos los actos eleccionarios del Banco de Previsión Social, hasta su efectiva revocación.

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¿Qué pasa si no voto en las elecciones de BPS?
Las sanciones para los trabajadores por no votar, serán de una multa de igual valor a la aplicada a quienes no hayan votado en las últimas elecciones nacionales. Los empleadores serán solidariamente responsables del pago de la multa en caso de incumplimiento.

Padron electoral

Usando los buscadores que proporciona la corte electoral podrá saber si está habilitado,

Listas:

Información de la página oficial de la Corte Electoral