bebé y papá

El padre que atiende el llanto del bebé, que lo mece, que le cambia los pañales y le enseña las primeras palabras, no está “ayudando” a la mamá, está ejerciendo el papel más maravilloso y responsable de su vida: el de la paternidad. 

La Cámara de Senadores aprobó este martes el proyecto de ley que prevé extender la licencia paternal tanto en el sector público como en el privado, que fue presentado por los legisladores María Eugenia Roselló (Partido Colorado) y Pedro Jisdonian (Partido Nacional).

“Esta flamante ley acompaña la evolución cultural respecto al cambio del paradigma tradicional que atribuye mayoritariamente el cuidado de los hijos a la madre”, expresó Roselló.

De este modo, la diputada colorada aseguró que la licencia paternal “no solo favorece la modificación de estereotipos, sino que también reconoce al padre como cuidador natural de los hijos”.

La coordinadora de la bancada colorada en Diputados destacó que “Uruguay está a la vanguardia en la región en temas de seguridad social”, y destacó que el proyecto de ley se aprobara por unanimidad que “tiene como base la igualdad y la no discriminación”.

Hoy en día, la licencia de paternidad para hombres es de 10 días. El proyecto aprobado el pasado jueves 23 en la comisión busca aumentar esa cantidad a 14 días a partir de la entrada en vigor de la ley y luego a 17 días a partir del 1° de enero de 2026, en el caso de los empleados privados dependientes.

Para los trabajadores no dependientes, en tanto, se aumentará la licencia a 17 días y luego a 20 días, respectivamente.

La diferenciación se debe a que los trabajadores privados dependientes, según el artículo 5° de la ley nº 18.345, cuentan con tres días de licencia paternal a partir del día de nacimiento del bebé; de esta manera, todos los trabajadores privados contarían con 20 días de licencia en última instancia.

A su vez, de acuerdo con el último artículo del proyecto de ley, la norma “se aplicará a los nacimientos que ocurran a partir del día” de su entrada en vigor, así como también aquellos nacimientos “que hayan tenido lugar antes de su entrada en vigencia, siempre que aún no haya finalizado el amparo al subsidio por inactividad compensada por paternidad del beneficiario”.