{"id":30572,"date":"2022-03-22T18:27:37","date_gmt":"2022-03-22T21:27:37","guid":{"rendered":"http:\/\/duraznohoy.com\/?p=30572"},"modified":"2022-03-22T18:27:37","modified_gmt":"2022-03-22T21:27:37","slug":"por-que-voto-si","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/duraznohoy.com\/?p=30572","title":{"rendered":"Por qu\u00e9 voto SI."},"content":{"rendered":"<p><strong>Por Mart\u00edn Tierno.<\/strong><\/p>\n<p>Este 27 de marzo se vota en todo el territorio nacional mantener los 135 art\u00edculos de la LUC o derogarlos. La votaci\u00f3n es obligatoria para todos los habilitados para votar.Estos 135 art\u00edculos representan menos de un tercio (28%) de la totalidad de la ley, al tiempo que se mantienen intactos 341 art\u00edculos de la LUC, la mayor\u00eda de ellos votados por unanimidad en el parlamento.<\/p>\n<p>La ley es extensa y abarca muchas \u00e1reas de la vida en sociedad, y es por eso que en las siguientes l\u00edneas nos centraremos en aquellos art\u00edculos que tienen que ver con los alquileres, inclusi\u00f3n financiera, colonizaci\u00f3n y la educaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li><strong> Alquileres<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u00bfSi sos una o uno de los miles de uruguayos que alquilan sin ning\u00fan tipo de garant\u00eda?\u00bfTuviste complicaciones para llegar a fin de mes y pagaste tu alquiler con algunos d\u00edas de atraso?<\/strong><\/p>\n<p>En el nuevo r\u00e9gimen que establece la LUC el desalojo por vencimiento del contrato es a los 30 d\u00edas y por mal pagador, a los seis d\u00edas. En cuanto a los plazos de expulsi\u00f3n, tambi\u00e9n son m\u00e1s cortos en comparaci\u00f3n con el r\u00e9gimen tradicional, ya que se puso un m\u00e1ximo de 15 d\u00edas y otro de cinco d\u00edas, dependiendo de si el inquilino era buen pagador o no, con una posible pr\u00f3rroga de siete y cinco d\u00edas, respectivamente. Con el otro mecanismo hay un plazo prorrogable hasta un m\u00e1ximo de 120 d\u00edas.<\/p>\n<p>En definitiva, si sos buen pagador el due\u00f1o de la propiedad te puede desalojar en 30 d\u00edas, y si te atrasaste por tan solo 3 d\u00edas en el pago del alquiler en 3 d\u00edas te pueden dejar en la calle. <strong>Es por eso que queremos derogar estos art\u00edculos que vulneran los derechos de las y los trabajadores.<\/strong><\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> (Des)Inclusi\u00f3n financiera<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Los art\u00edculos 214 y 215 eliminan la obligatoriedad del pago de salarios a los trabajadores dependientes a trav\u00e9s de las instituciones de intermediaci\u00f3n financiera o dinero electr\u00f3nico, establecida por la Ley de Inclusi\u00f3n Financiera.<\/p>\n<p>La Ley de Urgente Consideraci\u00f3n propone que ahora la modalidad de pago quedar\u00e1 establecida en un acuerdo entre el empleador y el trabajador, en el comienzo de la relaci\u00f3n laboral y por el periodo de un a\u00f1o, pudiendo acordar luego otra modalidad de pago.<\/p>\n<p>Esto le da m\u00e1s libertad para los m\u00e1s poderosos, en todas las relaciones sociales, en el pago de los salarios, en las contrataciones abusivas, en el aumento de la \u201cinformalidad\u201d y nuevamente, lavan las manos del Estado.<\/p>\n<p>\u00bfHay libertad para pagar 100 mil d\u00f3lares en efectivo, pero no para que los trabajadores accedan al sistema financiero?<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> Colonizaci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El art\u00edculo 357 de la mencionada ley modifica la integraci\u00f3n de parcelas del INC. \u00bfQu\u00e9 significa este cambio? Esta modificaci\u00f3n implica que parcelas que actualmente son propiedad de colonos, pero el INC mantiene regulaci\u00f3n sobre las mismas, se vuelquen al mercado de tierras y se comercialicen en el mismo a menor precio del que fueran adquiridas por sus propietarios. Consecuentemente, el INC pierde tierras que eventualmente podr\u00eda adjudicar a otras familias. Trabajadores y trabajadoras rurales que quieran vivir y trabajar en el campo con poco capital u otras dificultades para el acceso a tierras se ver\u00edan con menor posibilidad de acceso o desarrollo del trabajo en el medio rural.<\/p>\n<p>Se estima que podr\u00edan ser unas 120 mil hect\u00e1reas las que dejar\u00edan de formar parte del patrimonio de esta instituci\u00f3n y volver\u00edan al mercado, donde se viene especulando con su precio desde estos anuncios, y ocasionalmente, podr\u00eda quedar tambi\u00e9n en manos extranjeras.<\/p>\n<p>En resumen, para el Estado implica p\u00e9rdida de patrimonio, para las personas del medio rural una mayor desigualdad en el acceso y tenencia de tierras, as\u00ed como tambi\u00e9n se pondr\u00eda en riesgo la soberan\u00eda nacional.<\/p>\n<p>Por otro lado, el art\u00edculo 358 modifica obligaciones de los colonos. \u00bfQu\u00e9 obligaciones? B\u00e1sicamente dos: que refieren a la residencia y trabajo en la fracci\u00f3n adjudicada.<\/p>\n<p>Sobre la residencia: este art\u00edculo prev\u00e9 excepciones a la obligatoriedad de habitar la parcela adjudicada que el Directorio del ente podr\u00e1 autorizar para el caso de colonos que hayan tenido una radicaci\u00f3n m\u00ednima de 10 a\u00f1os, hayan cumplido alg\u00fan plan de inversiones en el predio u otras razones fundadas de salud, educaci\u00f3n o trabajo del colono o integrantes del n\u00facleo familiar. Para cualquiera de estos casos bastante gen\u00e9ricos los colonos pueden ampararse en esta norma y no vivir en la fracci\u00f3n de la cual son beneficiarios.<\/p>\n<p>Asimismo, tambi\u00e9n se modifica la obligatoriedad del trabajo directo en el predio al incorporar la supervisi\u00f3n del trabajo. Es decir, las personas adjudicatarias de un predio de colonizaci\u00f3n tampoco estar\u00edan obligadas a trabajar de manera directa en el mismo entre tanto supervisen el trabajo que se desarrolla.<\/p>\n<p>Claramente, no es lo mismo vivir y trabajar en una fracci\u00f3n objeto de pol\u00edtica p\u00fablica a no vivir en ella y adem\u00e1s supervisarla o administrarla desde otro lugar ajeno al territorio. M\u00e1s all\u00e1 de la pol\u00edtica p\u00fablica que brinda el INC, es evidente que tambi\u00e9n se han desplegado una serie de inversiones asociadas a la misma para que el desarrollo de las personas en el medio rural se haga realidad y no tengan que desplazarse o eventualmente migrar a centros poblados para cubrir necesidades b\u00e1sicas de salud o educaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong> Educaci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La participaci\u00f3n y el di\u00e1logo son centrales en cualquier decisi\u00f3n en educaci\u00f3n. Los art\u00edculos 148 y 156 de la LUC eliminan los Consejos de Educaci\u00f3n Inicial y Primaria, de Secundaria y Educaci\u00f3n T\u00e9cnico Profesional, creando direcciones unipersonales para administrar un sistema de 700 mil estudiantes y 60000 docentes. Estos Consejos involucraban la participaci\u00f3n de muchos actores y enriquec\u00edan la pol\u00edtica educativa. Reducir la riqueza que ofrec\u00edan estos Consejos a direcciones unipersonales no solo vac\u00eda del aporte de muchos actores con conocimiento en el tema, <strong>sino que tambi\u00e9n sobrecarga a los funcionarios docentes y no docentes en la administraci\u00f3n y gesti\u00f3n del sistema de estudiantes y docentes.<\/strong><\/p>\n<p>Nos preocupa las formas en que la LUC golpea a todas nuestras escuelas. El art\u00edculo 144 elimina el Sistema Nacional de Educaci\u00f3n P\u00fablica y con ella la centralidad de la educaci\u00f3n p\u00fablica en la educaci\u00f3n nacional. Al eliminar la palabra \u201cp\u00fablica\u201d del Sistema Nacional de Educaci\u00f3n, se suprime tambi\u00e9n la centralidad del rol p\u00fablico que es el que garantiza el acceso a la educaci\u00f3n para todos y todas sin importar el poder adquisitivo o tus ingresos.<\/p>\n<p>La LUC introduce criterios de mercado en la organizaci\u00f3n de los centros educativos afectando potencialmente la laicidad, la libertad de c\u00e1tedra y el ejercicio profesional del rol docente. El art\u00edculo 193, literal F introduce l\u00f3gicas empresariales con criterios de gesti\u00f3n privada en la educaci\u00f3n p\u00fablica. <strong>La direcci\u00f3n de un centro educativo puede comportarse como una gerencia con potestad de contratar, mantener o despedir funcionarios docentes.<\/strong><\/p>\n<p>Y los impactos tambi\u00e9n se extienden al car\u00e1cter de la obligatoriedad en todos los niveles de ense\u00f1anza. Con el art\u00edculo 127, la LUC cambia lo que se considera obligatorio. Antes la obligaci\u00f3n se extend\u00eda a la inscripci\u00f3n en centros educativos y observar su asistencia y aprendizaje. Ahora se establece que los padres o tutores \u201ctienen el deber de contribuir al cumplimiento de la obligaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Mart\u00edn Tierno. 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