Una mujer fue condenada a poco más de 2 años de cárcel tras incautársele casi 6 kilos de pasta base.

Desde Jefatura de Policía se informa que, mediante tareas de investigación e inteligencia de la Brigada Departamental Anti Drogas y la Dirección de Investigaciones, se logró determinar que una mujer mayor de edad poseedora de antecedentes judiciales estaría comercializando sustancias estupefacientes. En el decurso del procedimiento, se obtuvieron las evidencias probatorias, lográndose la detención de la implicada y la incautación de 5,72 gramos de pasta base. En todo momento estuvo enterada de los hechos la fiscalía competente. Conducida ante la justicia, al término de la audiencia se dispuso la formalización de la investigación “por la Presunta comisión de un delito de tenencia de sustancia estupefacientes prohibidas no para su consumo, en calidad de autora”. Asimismo, se comunica que por sentencia Nº 99/21 se la condenó como autora penalmente responsable de un delito previsto en el Art. 31 del Decreto Ley 14294 con sus modificativas a la pena de 2 años y 3 meses de penitenciaría.

 

Hurto

En horas de la mañana del día lunes próximo pasado, se tomó conocimiento en el Centro de Comando Unificado Departamental que en una finca ubicada en jurisdicción de Comisaria 3era, se había producido un hurto de bijouterie (7 cadenas con dijes), un cargador de celular, un cargador de televisor y un par de championes.

Atento a lo expuesto y mediante tareas de investigación del personal de la mencionada dependencia Policial se logró determinar que el autor del ilícito sería un hombre mayor de edad, ex-pareja de la víctima, el cual fue detenido, recuperándose casi la totalidad de los efectos hurtados.

De las actuaciones fue enterada la fiscalía competente.

Conducido ante la justicia, al término de la audiencia se dispuso la formalización de la investigación por la «Presunta comisión de un delito de desacato, en concurso formal con un delito de hurto especialmente agravado, en calidad de autor» Asimismo se dispuso por sentencia Nº 113/2021, por la cual se lo condeno a la pena de 13 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba conforme al art 295 bis CP, con las condiciones de los numerales 1 a 4 del referido art. durante los primeros tres meses de la condena el arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00 del día siguiente, constitución domicilio, supervisión de OSLA, presentación una vez por semana a la Seccional de su domicilio sin obligación de permanencia, la realización de trabajo comunitario por tres meses a razón de 4 horas semanales y la prohibición de acercamiento, comunicación y contacto con la victima por todo el plazo de la condena y en un radio no menor a 200 metros a su domicilio y/o lugares que frecuente.