La justicia competente dispuso la formalización de la investigación contra una persona mayor de sexo masculino como autor penalmente responsable de un delito de violencia domestica agravado por cometerse contra una mujer en régimen de reiteración real con un delito de lesiones personales agravadas.

Ante denuncia realizada en la Unidad Especializada en Violencia Domestica y Genero, por una persona del sexo femenino mayor de edad, la cual dio cuenta que venia siendo víctima de violencia domestica por parte de su pareja un hombre mayor de edad.

Ante tal suceso personal de la Unidad realizó las actuaciones correspondientes al caso lográndose poner al denunciado a disposición de la fiscal competente.

Día de ayer en audiencia celebrada en el juzgado competente, magistrada actuante dispuso la formalización de la investigación contra el indagado “como autor penalmente responsable de un delito de violencia domestica agravado por cometerse contra una mujer en régimen de reiteración real con un delito de lesiones personales agravadas”, condenándolo a la pena de 8 meses de prisión, los cuales se cumplirán bajo el régimen de libertad vigilada, los primeros 3 meses el arresto domiciliario nocturno en el horario comprendido entre las 22:00 y las 07:00 del día siguiente.

La obligación de residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA.

Impónese la sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la referida oficina, asimismo la obligación de presentación una vez por semana en la Comisaria correspondiente al domicilio fijado y la realización de un oficio o empleo según el plan de intervención que determine la OSLA.

Prohíbase durante todo el periodo de condena el contacto y comunicación por cualquier medio y el acercamiento en un radio no menor a 500 metros, respecto de la denunciante.

Dispónese el uso obligatorio para todo el periodo de condena del dispositivo de monitoreo electrónico (tobillera).

Impónese una reparación patrimonial a favor de la victima, por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado o en su defecto, doce salarios mínimos.

Otro caso en Sarandí del Yi

Ante denuncia realizada en la Unidad Especializada en Violencia Domestica y Genero Zona II ubicada en la ciudad de Sarandí del Yí, por una persona del sexo femenino mayor de edad, la cual dio cuenta que venia siendo víctima de violencia domestica por parte de su ex pareja un hombre mayor de edad.

Ante tal suceso personal de la Unidad realizó las actuaciones correspondientes al caso lográndose poner al denunciado a disposición de la fiscal competente.

Día de ayer en audiencia celebrada en el juzgado competente, magistrada actuante dispuso la formalización de la investigación contra el indagado “como autor penalmente responsable de un delito de violencia domestica agravado por cometerse contra una mujer en régimen de reiteración real con un delito de lesiones personales agravadas”, condenándolo a la pena de 8 meses de prisión, los cuales se cumplirán bajo el régimen de libertad vigilada, los primeros 3 meses el arresto domiciliario nocturno en el horario comprendido entre las 22:00 y las 06:00 del día siguiente.

La obligación de residir en un lugar específico donde sea posible la supervisión de la OSLA.

La prohibición de contacto y acercamiento con la víctima.

Transcurrido los 3 primeros meses deberá presentarse una vez por semana en la Comisaría de su domicilio sin obligación de permanencia, por el plazo que dure la libertad vigilada.

Se dispone la colocación de dispositivo electrónico (tobillera), por lo que el condenado tiene la prohibición de contacto y acercamiento con la víctima por le plazo de la libertad vigilada y en un radio no menor de 500 metros.

Impónese una reparación patrimonial a favor de la víctima, por un monto equivalente a seis salarios mínimos sin perjuicio de la vía civil pertinente.