La justicia competente dispuso la formalización de la investigación a un hombre de 38 años de edad, como “autor penalmente responsable de un delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad (arts.60 nral 1 y 279 Bis en la redacción dada por la Ley 19.580 del Código Penal)”, imponiéndole medidas sustitutivas.

Días pasados se tomó conocimiento en la Unidad Especializada en Violencia Domestica y Genero, de que un hombre de 38 años de edad estaría incumpliendo con sus deberes de padre.

Atento a lo expuesto personal de la mencionada Unidad, realizó los trabajos pertinentes al caso, enterándose en la oportunidad al fiscal competente.

Día de ayer, en la Sede judicial se celebro audiencia entre las partes, donde magistrada actuante al termino de la misma, dispuso la formalización de la investigación contra el hombre como “autor penalmente responsable de un delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad (arts.60 nral 1 y 279 Bis en la redacción dada por la Ley 19.580 del Código Penal)”, imponiéndole la siguiente medidas sustitutivas, la presentación una vez por semana en la Seccional correspondiente a su domicilio sin obligación de permanencia por un termino de 90 días.